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Aportes Obligatorios
Todo asociado de FOEMSOMA, debe suscribir aportes ordinarios y ahorro permanente por el equivalente a un porcentaje de su salario básico mensual, de acuerdo a la siguiente tabla según el artículo 35 del Estatuto:
*S.M.M.L.V.: SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE PARA 2025 ES DE $1.423.500
La cuota en valor absoluto se aumentará anualmente. El aporte mensual será distribuido así:
APORTES ORDINARIOS: 50%
AHORRO PERMANENTE: 50%
La suma de ambos se constituirán en el saldo total a favor del asociado.
Nuestros Estatutos no contemplan retiros parciales de los aportes, ni de los ahorros permanentes, únicamente permite retirar la totalidad de estos, mediante la desvinculación de FOEMSOMA, ya sea retiro voluntario o por terminación de contrato.
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